- Abandono: falta de acción deliberada o no para atender de manera integral las necesidades de una persona mayor que ponga en peligro su vida o su integridad física, psíquica o moral.
- Autonomía: capacidad de tomar sus propias decisiones y elegir como quiere vivir, incluso si necesita ayuda física para ejecutar sus acciones.
- Cuidados integrales: enfoque de salud y bienestar que trata a la persona como un todo.
- Dependencia: estado en que una persona necesita la ayuda de otros para realizar actividades básicas de la vida diaria. No todas las personas dependientes tienen una discapacidad.
- Discapacidad: limitación física, mental o sensorial que enfrenta barreras en el entorno. Puede ser totalmente autónoma.
- Envejecimiento: proceso gradual e irreversible que se produce a lo largo del curso de vida en el que intervienen factores bio-psico-sociales-ambientales.
- Estereotipo: imagen, creencia o idea simplificada y generalizada que se tiene sobre un grupo de personas.
- Independencia: capacidad de hacer las cosas por uno mismo sin depender de la ayuda de otros.
- Negligencia: Error involuntario o falta no deliberada que causa un daño o sufrimiento a una persona mayor, tanto en el ámbito público o privado sin tomarse las precauciones normales necesarias de conformidad con las circunstancias.
- Paradigma: modelo, patrón o conjunto de creencias y teorías que sirve como referencia para entender la realidad, resolver problemas o guiar el pensamiento y la acción en un campo determinado.
- Seguridad alimentaria y nutricional (SAN): derecho universal a acceder física, social y económicamente a alimentos seguros, nutritivos y en cantidad suficiente para satisfacer sus requerimientos nutricionales y preferencias, permitiendo llevar una vida activa y saludable.
- Viejismo: discriminación por motivo de edad hacia las personas mayores.
- Convención Interamericana: Uruguay ratificó por la Ley N° 19.430 la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Este texto tiene fuerza de ley en el país y rige todas las normativas sobre autonomía, consentimiento informado en salud y no discriminación.
🏛️ Instituciones clave
- Inmayores: Instituto Nacional de las Personas Mayores, un organismo que funciona bajo la órbita del MIDES (Ministerio de Desarrollo Social). Diseña, coordina y evalúa las políticas públicas orientadas a la vejez en Uruguay.
- BPS: Banco de Previsión Social. Es el instituto de seguridad social estatal encargado de gestionar y pagar las jubilaciones, pensiones, subsidios y soluciones habitacionales.
- SNIC: Sistema Nacional Integrado de Cuidados.
Red pública que coordina programas y servicios estatales y privados para atender a personas en situación de dependencia, incluyendo la primera infancia, personas con discapacidad y mayores.
💰 Prestaciones y aspectos económicos
- IASS: Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social. Impuesto uruguayo que grava las jubilaciones, pensiones y retiros de forma progresiva por franjas, aplicando solo a los ingresos que superan un mínimo legal determinado en BPC.
- BPC: Base de Prestaciones y Contribuciones. Unidad de valor económico oficial que se actualiza anualmente en Uruguay. Se utiliza como referencia fija para calcular impuestos (como el IASS), mínimos no imponibles y montos de diversas prestaciones sociales.
- Asistencia a la Vejez: Programa de transferencia monetaria no contributiva del MIDES ejecutado a través del BPS. Está dirigido específicamente a personas de entre 65 y 69 años en situación de extrema vulnerabilidad socioeconómica que no alcanzan los requisitos para una jubilación común.
- SBJ: Salario Básico Jubilatorio. Promedio mensual de las remuneraciones actualizadas sobre las que el trabajador realizó aportes patronales y personales, empleado por el BPS para calcular el monto final de la jubilación.
- AFAP: Administradora de Fondos de Ahorro Previsional. Empresas privadas o mixtas que gestionan los ahorros individuales obligatorios y voluntarios de los trabajadores dentro del régimen mixto de seguridad social de Uruguay.
🛌 Modalidades de cuidado y vivienda
- ELEPEM: Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores. Nombre técnico y legal que reciben en Uruguay los residenciales, hogares o centros de atención de tiempo completo. Están regulados y fiscalizados de forma conjunta por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el MIDES/Inmayores.
- Asistente Personal: Prestación económica del SNIC concebida para que personas con dependencia severa contraten a un cuidador formal formado y registrado. Su objetivo es apoyar las actividades diarias de la persona mayor dentro de su hogar.
- Teleasistencia en Casa: Servicio del SNIC que brinda un dispositivo electrónico (habitualmente un botón de pánico en una pulsera o colgante) conectado a una central telefónica. Permite a las personas mayores que viven solas o pasan mucho tiempo sin compañía solicitar asistencia inmediata ante emergencias.
- Soluciones Habitacionales del BPS: Programa que otorga viviendas adaptadas en complejos habitacionales, subsidios para alquileres o alojamiento en hogares a jubilados y pensionistas de bajos recursos económicos.