Vamos a ir publicando los artículos de la Convención en el formato de Lectura Fácil. Este formato busca sacarle las complejidades técnicas a los textos y hacerlos más amigables.

 Artículo 1. Objetivo de la convención 

El objetivo de esta convención es que las personas mayores: -disfruten de sus derechos y libertades, -en condiciones de igualdad, -se integren y participen en la sociedad. 
  
Los países de esta convención se comprometen a crear leyes y realizar acciones para asegurar los derechos y libertades de las personas mayores. 
  
 
Artículo 2. Definiciones 

Las personas mayores son personas de 60 años o más. 
 
La vejez es la última etapa de la vida de las personas mayores. 
 
El envejecimiento tiene que ver con los cambios en el cuerpo y en la mente de las personas a medida que pasan los años. 
  
Las personas viven un envejecimiento activo y saludable cuando:  -viven de manera segura, -participan de todas las actividades de su comunidad, -participan de la vida política de su comunidad, -participan de la vida económica de su comunidad, -hacen aportes a su familia, amigos y comunidad, -reciben el respeto de su familia y comunidad, -reciben atención y protección de su comunidad. 
  
Hay discriminación cuando se separa y aparta a las personas sin razones justificadas. 
  
Hay discriminación múltiple cuando se separa y aparta a las personas por varias razones. 
  
Hay discriminación por edad en la vejez cuando se separa y aparta a las personas por su edad. 
  
La discriminación impide que las personas disfruten sus derechos y libertades en condiciones de igualdad. 
Hay abandono cuando la falta de atención pone en peligro la vida o la salud de las personas mayores. 
  
Hay negligencia cuando un error o un descuido en la atención lastima o hace sufrir a las personas mayores. 
  
Hay maltrato cuando se agrede a las personas mayores. 
  
El maltrato lastima el cuerpo, la mente y las emociones de las personas.  
  
Las personas que viven juntas y comparten actividades cotidianas forman una unidad doméstica. 
  
Una unidad doméstica es un hogar. 
  
Las personas que forman un hogar pueden ser parte de una familia o no. 
  
Las personas mayores que necesitan cuidados por mucho tiempo tienen derecho a vivir en un lugar donde las atiendan. 
  
Esas atenciones se llaman servicios de cuidado a largo plazo. 
  
La persona mayor tiene derecho a recibir servicios que le aseguren: -una vida digna, -una vida plena, -una vida autónoma e independiente. 
  
Esos servicios se llaman servicios socio-sanitarios integrados. 
  
Los cuidados paliativos son atenciones que reciben las personas mayores con una enfermedad terminal para: -evitar el dolor, -mejorar su calidad de vida y la de su familia. 

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Una enfermedad terminal es un problema de salud grave que: no va a mejorar con tratamientos médicos, va a producir la muerte de la persona en poco tiempo.

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Fuente:

Convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores en lectura fácil. Editado por Ediciones SAIJ de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica conjuntamente con la Subsecretaría de Acceso a la Justicia. La versión original de esta publicación se encuentra disponible en forma libre y gratuita en: www.derechofacil.gob.ar.
  
Este texto adaptado a la técnica de lectura fácil no reemplaza la versión original de la ley. Distribución gratuita. Prohibida su venta.
  
Esta versión que está leyendo fue adaptada para la Red Canaria de Personas Mayores -Canelones, Uruguay-.